A continuación informamos el Acta que incorpora a las Carreras el aumento otorgado para todos los trabajadores del Estado Nacional, por lo tanto nadie puede considerarlo como otra etapa de Jerarquización. Este porcentaje se incorpora al básico de cada Categoría, por lo que resulta bonificable en aquellos suplementos que están vinculados al mismo.
De este modo y tal como está previsto en el Convenio Colectivo General, se le hace extensivo a los Escalafones Sectoriales. Más allá de que como sindicato signatario del Convenio consideremos este porcentaje insuficiente, es un paso importante la incorporación de este porcentaje a los trabajadores de las Carreras del CONICET ya que no estaba definido y fueron los representantes del Consejo Directivo Nacional de ATE quienes reclamaron la incorporación y la apertura de la negociación sectorial.
Desde ATE CONICET seguiremos desarrollando acciones en acompañando las gestiones de la conducción nacional quienes seguirán con este planteo en todo los ámbitos de la Comisión Negociadora Central.
Acta 28 de Mayo de 2007.
Se incrementan las retribuciones del CONICET en un 10% a partir del 1º de junio y en un 6,5% a partir del 1º de agosto de 2007.
EXPEDIENTE Nº En la Ciudad de Buenos Aires, a los 28 días de mayo de 2007 con el Dr. José Elías Miguel VERA, en su carácter de Presidente de la Comisión Negociadora para la Administración Pública Nacional y el Lic. Eduardo BERMUDEZ, suscriben en representación de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Sr. Subsecretario de Coordinación y Evaluación Presupuestaria Dr. Julio VITOBELLO, en representación de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA, su titular, el Dr. Juan Manuel ABAL MEDINA, y del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el titular de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA, el Lic. Raúl RIGO, y en calidad de asesores del Estado Empleador el Lic. Norberto PEROTTI, el Lic. Carlos SANTAMARIA, el Dr. Jorge CARUSSO, el Arq. Eduardo SAMPAYO, el Lic. Lucas NEJAMKIS, el Lic. Eduardo SALAS, y la Dra. Amalia DUARTE de BORTMAN, todos ellos por parte del Estado Empleador, y por parte gremial, en representación de la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO, los Sres. Eduardo DE GENNARO, Rubén MOSQUEDA y Estela FERRAZZANO, y en representación de la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION, los Sres. Felipe CARRILLO, Omar AUTON, Hugo SPAIRANI, Carlos CAPURRO, y la Sra. Karina TRIVISONNO.
Con el objetivo de continuar con la instrumentación del incremento salarial que surge de las pautas establecidas en las cláusulas PRIMERA y SEGUNDA del Acta de fecha 03 de mayo de 2007, se incrementan las retribuciones mensuales normales, regulares y permanentes del personal del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET), comprendido en el Estatuto aprobado por Ley Nº 20.464 y en el escalafón establecido por Decreto Nº 1.572/76, modificatorios y complementarios; en un 10% a partir del 1/6/07; y en un 6,5 % a partir del 1/8/07.
Como consecuencia de lo dispuesto en el párrafo que antecede se establecen los montos por categoría correspondientes al Sueldo Básico del personal del CONICET, con vigencia a partir del 1º de junio de 2007 conforme al alcance que se detalla en el Anexo I; y del 1º de agosto de 2007 de acuerdo al alcance que se detalla en el Anexo II del presente acuerdo.
No siendo para más se da por finalizado el acto, firmando los presentes ante mi que certifico.
ANEXO I Acta 28/05/07 CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS Remuneraciones vigentes a partir del 1/6/07 (En pesos)
ANEXO II Acta 28/05/07 CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS Remuneraciones vigentes a partir del 1/8/07 (En pesos)