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ACTA DE APROBACION DE LA NUEVA CARRERA SINEP EN REEMPLAZO DEL SINAPA

En la ciudad de Buenos Aires, a los 5 días de septiembre de 2008, siendo las 16.30 hs. en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ante el Dr. José Elías Miguel VERA, en su carácter de Presidente de la Comisión Negociadora para la Administración Pública Nacional, Decreto Nº 214/06, Sectorial del personal del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, acompañado por el Lic. Eduardo BERMÚDEZ, y la Lic. Juliana CALIFA, Secretaria de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nº 1, comparecen en representación de la SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA, su titular, el Dr. Juan Manuel ABAL MEDINA y el Sr. Subsecretario de Gestión y Empleo Público D. Lucas Patricio NEJAMKIS, el Lic. Gabriel ENRIQUEZ, el Lic. Eduardo A. SALAS, la Dra. Amalia DUARTE de BORTMAN y el Dr. Marcelo WEGMAN en su carácter de asesores. Por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Sr. Subsecretario de Evaluación del Presupuesto Nacional DE LA SECRETARIA DE EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA, Lic. Norberto PEROTTI, y del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el Sr. Subsecretario de Presupuesto de la SECRETARIA DE HACIENDA, Lic. Raúl RIGO, junto con Lic. Carlos SANTAMARIA, el Dr. Jorge CARUSO, y el Arq. Eduardo SAMPAYO, en su carácter de asesores; todos ellos por parte del Estado Empleador, y por la parte gremial, el Sr. Felipe CARRILLO, la Lic. Karina TRIVISONNO, el Dr. Omar AUTÓN y el Sr. Hugo SPAIRANI, el Sr. Carlos CAPURRO, en representación de la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION, y los Sres. Eduardo DE GENNARO y Rubén MOSQUERA, y las Licenciadas Estela FERRAZZANO y Sandra DIAZ AMARAL, con el patrocinio letrado del Dr. Matías CREMONTE por la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO, quiénes asisten a la presente audiencia.

Cedida la palabra, el Estado empleador manifiesta:

a) su enorme satisfacción por la firma de la presente Acta Acuerdo mediante la cual el colectivo laboral más numeroso del personal civil comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por Decreto N° 214/06, comienza a contar con su primer convenio colectivo de trabajo sectorial.

b) que ello ratifica la decidida política del Gobierno Nacional de continuar la senda trazada por las Leyes N° 24.185 y 25.164 al amparo de precisas prescripciones constitucionales;

c) que, asimismo, entiende que todo ello se alinea genuinamente con los principios fundamentales que las partes declararon en el Prólogo al citado Convenio Colectivo de Trabajo General;

d) que el aporte de la labor de miles de trabajadores y trabajadoras estatales en las dependencias comprendidas por el acuerdo que hoy se celebra, debe ser reconocido, entre otros medidas a través del presente acuerdo, por lo significativo y trascendente para la calidad de la Administración, para la efectiva gestión de las políticas del Gobierno Nacional, y la provisión de mejores servicios y la eficaz promoción de los intereses y aspiraciones de nuestra ciudadanía;

e) que agradece y reconoce el espíritu de diálogo y contribución, sin perjuicio de las diferentes perspectivas y posiciones genuinamente distintas, de las entidades sindicales signatarias: la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN) y la Asociación Trabajadores del Estado (ATE), que acuerdan en lo principal con el presente;

f) que entiende que el acuerdo firmado representa la integración posible de esas diferentes contribuciones sin perjuicio de continuar construyendo en un marco de diálogo, la concreción de lo acordado como la progresiva mejora de esto último.

g) que, mediante el presente acuerdo también se da cumplimiento a lo establecido por el artículo 26 del Anexo a la Ley N° 25.164 Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional, el que establece que el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA podía ser revisado, adecuado y modificado en el ámbito de la negociación colectiva, con excepción de las materias reservadas a la potestad reglamentaria del Estado por la Ley N° 24.185. Que en consecuencia propone que el referido régimen pase a denominarse SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), a partir de la entrada en vigencia del presente Convenio Sectorial como indicador de esta nueva etapa de la historia administrativa nacional y del fortalecimiento de la capacidad institucional de un Estado en democracia al servicio de la gente.

La representación de la UPCN manifiesta asimismo su beneplácito por la firma del presente acuerdo y presta su conformidad con el cambio de denominación.

La representación de la ATE manifiesta que suscribe el presente CCT Sectorial con disidencias, las que solicita a la Autoridad de Aplicación fundamentar por escrito.

En este estado la Autoridad de Aplicación hace saber a las partes que conforme lo manifestado precedentemente por la representación sindical y atento a que la mayoría se pronunció a favor de la aprobación de la propuesta del Estado Empleador, conforme el art. 4º de la Ley 24.185 y su decreto reglamentario Nº 447/93 así como la Resolución MTSS Nº 42/98, se tiene por aprobado el CCT Sectorial SINEP, así como se habilita para la ampliación de los fundamentos de ATE el acta complementaria.

No siendo para más se da por finalizada la presente reunión siendo las 17,30 hs., firmando los presentes ante mí, que CERTIFICO.

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